1. Etiquetado del producto bandera
2. Flujograma de la preparación del Emoliente de Aguaymanto
3. Determinación de los Puntos de Control Crítico - Preparación
4. Parámetros microbiológicos
Referencia:
MINSA (2008) Normas Legales: Norma Sanitaria que establece los criterios microbiológicos de calidad sanitaria e inocuidad para los alimentos y bebidas de consumo humano. Lima: El Peruano
5. Cartera de Clientes nacionales e internacionales
Bioessence al ser una empresa nueva y pequeña, para hacer más conocido su producto bandera: "Amazon Jewel" necesitaría unirse a un supermercado, ya que este le facilitaría la distribución del producto.
“Llegar a varias ciudades del país requiere de un sistema de distribución que no manejan muchas pymes, en cambio, con el contacto de un supermercado se puede ingresar a 50 puntos” *
Y nosotros aseguramos que nuestro producto se ajusta a los estrictos requisitos de calidad y suministros que toda cadena de supermercados requiere para aceptar un nuevo producto en sus estantes y/o vitrales. De la misma manera, nos enfocamos en contemplar las necesidades, gustos y exigencias de los clientes.
Para realizar esto, se ha decidido contactar a una empresa dedicada a la asesoría para ventas a Grandes Supermercados en Perú y del Extranjero.
Quisimos entrar al mercado extranjero a través de Walmart, empresa multinacional de origen estadounidense, considerado el mayor minorista del mundo. Sin embargo, para esto se necesita cumplir ciertos requisitos:
- Para ser proveedor de Walmart, Bioessence debe estar formalmente inscrita (como personal natural o jurídica) y tener un producto innovador con empaque para autoservicios que cumpla con la normativa de etiquetado, código de barras, y registro sanitario.
- Si desea aplicar a ser proveedor a través del programa "Una Mano para Crecer" debe ser fabricante, tener menos de 100 empleados, no pertenecer a un grupo de interés económico, y registrar ventas anuales menores al millón de dólares.
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEijofr6_2yqLIg6oFiKHSmIFEzCZgxMqmoNniIaFOeFiTWdicjS8-YJJmT7KfFiKF9LuiUsbkT0TQlIAhsmF-sPu0dTPsWqGQ-u3MFLf1m43ERy0SXI1MkQ1Hk0jsNF7Nhs0p0zFvpLpr7R/s1600/metro_logo.png)
Referencia:
http://nuevaspymes.blogspot.com/2010/04/como-venderle-los-supermercados-wong.html
6. Requisitos para la exportación de "Amazon jewel" a un país de la Unión Europea
I. Declaración
Cuantitativa de Ingredientes-QUID
El ingrediente o la categoría de
ingredientes que aparecen en el nombre
con el cual se vende el producto comestible.
II. Requisitos de
idioma
Como regla general, el etiquetado tiene que estar en
un idioma fácilmente comprensible para los consumidores, en otras palabras, en
los idiomas oficiales de los países integrantes de la CEE.
III. Declaraciones
de propiedades nutritivas, sanitarias y medicinales.
La Regulación 1924/2006 pueso en marcha desde el 1 de julio de 2007 el uso de las declaraciones de propiedades nutritivas, tales como:
- “Bajo en grasas” o “alto contenido de vitamina C”
Y las declaraciones medicinales como:
- “Ayuda a disminuir el colesterol”.
La regulación se aplica a cualquier alimento o bebida producida para el consumo humano que se encuentre en el mercado de Comunidad Europea. Solo los alimentos que se adecúen a ciertos perfiles de nutrición (bajos niveles en ciertas sales/azúcares o grasas) estarán autorizados para realizar las declaraciones.
IV. Etiquetado de
productos específicos.
Ejemplo:
Bebida emoliente a base de Aguaymanto
V. Requisitos específicos para el etiquetado de
alimentos nutritivos.
El etiquetado nutricional no es
obligatorio en la Unión Europea, a menos que una declaración de propiedades
nutricionales se encuentre en la etiqueta o en los mensajes publicitarios.
VI. Las sustancias agregadas.
Todos
los aditivos que no se encuentren incluídos en la lista están prohibidos de
uso, con una excepción de dos años para aquellos aditivos nuevos de alimentos
que reciben una autorización temporal por parte de los países miembros.
El Parlamento Europeo y la
Directiva 94/35/EC del Consejo, brinda la lista acerca de los edulcorantes a
ser utilizados en productos comestibles. El anexo de esta directiva especifica
las dosis máximas de uso.
Referencia:
PROMPERU. Requisitos sanitarios: Guía de exportación de alimentos a la UE.
7. Certificaciones del producto bandera para su exportación a distintos países
I. GENERALIDADES
A.
Procedimiento
(documentos a presentar)
“CERTIFICADO SANITARIO OFICIAL DE EXPORTACIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS DE CONSUMO HUMANO"
“CERTIFICADO SANITARIO OFICIAL DE EXPORTACIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS DE CONSUMO HUMANO"
1) Solicitud dirigida al Director General de la DIGESA, con carácter de
Declaración Jurada, Nº R.U.C, firmada por el Representante Legal.
2) Informe de análisis físicos, químicos y microbiológicos del producto a
exportar emitido por un laboratorio acreditado.
3) Información sobre el estado de la habilitación sanitaria del
establecimiento durante el procesamiento del lote a exportar.
4) Especificaciones solicitadas por el exportador.
5) Pago por derecho de trámite.
B.
Requisitos
para exportación del producto bandera
1) Factura Comercial: Emitida por el exportador. Acredita la venta efectuada.
2) Documento de Transporte:
depende del medio de transporte empleado (Aéreo, terrestre o marítimo). Se declara
el lugar de salida y llegada de la mercancía, el nombre del destinatario, los
gastos y el monto total a pagar.
3) Póliza de seguro: Depende del acuerdo entre exportador e importador.
4) Certificado de origen: Emitido
por la autoridad pública o privada competente a la solicitud del exportador;
por ejemplo, La Cámara de Comercio de Lima.
5) Certificado de sanidad:
Está a cargo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA). Informe de Inspección del establecimiento y de análisis
físico, químico y microbiológico del producto a exportar emitido por un
laboratorio acreditado.
6) Lista de empaque:
Emitida por el exportador. Lista de datos con información del producto (número,
descripción, peso neto unitario y total). Esto facilitara su rápida ubicación.
7) Declaración única de
aduana (DUA): en este documento se
consigna información contenida en los demás documentos comerciales.
8) Declaración
simplificada: Documento de la
aduana. Monto a pagar US$ 2000.
II.
REQUISITOS
DE
ALGUNOS PAÍSES
A.
JAPÓN
1.
Certificación
“JAS” (Japanise Agricultural Standards)
Todos los alimentos, bebidas no alcohólicas y productos
forestales provenientes de territorios extranjeros deben contar con una
certificación JAS para poder ingresar a territorio japonés. Esta certificación,
que garantiza el cumplimiento de los estándares de calidad y de procesos de
producción japoneses, ha sido creada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Ciencias Forestales de ese país, el mismo que norma su cumplimiento.
2.
Reciclaje
“LAS 3 R”
Una
mención aparte merece el tema del reciclado, sumamente arraigado en Japón y
normado por la Asociación Japonesa de Reciclaje de Envases y Embalajes , que
está bajo la jurisdicción del Ministerio de Economía, Comercio e Industria
(METI).
B.
ESTADOS
UNIDOS
1.
Certificado “USAD ORGANIC”
Con la finalidad de proteger al consumidor, es obligatorio que todo
exportador que declare su producto como orgánico esté en la capacidad de poder
demostrarlo,
mediante un certificado que emita un organismo certificador acreditado ante el
United States Department of Agriculture (USDA), según las normas orgánicas
nacionales de EE.UU., conocidas como NOS. Los productos certificados exhiben el
sello USDA ORGANIC.
2.
Alimentos envasados de baja acidez
y acidificados (LACF/AF)
La FDA requiere que todas las empresas que elaboran
alimentos envasados de baja acidez (LACF) procesados por calor y alimentos
acidificados (AF), registren tanto al establecimiento como los métodos de
procesamiento del alimento previo al embarque de cualquier producto.
3. Sistema de Análisis de
Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP)
El Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos
de Control (HACCP) es un sistema con fundamento científico que permite
identificar peligros específicos y medidas para su control en los alimentos con
el fin de garantizar su inocuidad. Es un instrumento para evaluar los peligros
y establecer sistemas de control que se centran en la prevención e n lugar de
basarse únicamente en el ensayo del producto final. Todo sistema HACCP es
susceptible de cambios que se pueden derivar de los avances en el diseño del
equipo, los procedimientos de elaboración o el sector tecnológico.
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