jueves, 29 de noviembre de 2012

PRODUCTO BANDERA: " AMAZON JEWEL "



1. Etiquetado del producto bandera







2. Flujograma de la preparación del Emoliente de   Aguaymanto



3. Determinación de los Puntos de Control Crítico - Preparación




4. Parámetros microbiológicos







Referencia:


MINSA (2008) Normas Legales: Norma Sanitaria que establece los criterios microbiológicos de calidad sanitaria e inocuidad para los alimentos y bebidas de consumo humano. Lima: El Peruano

5. Cartera de Clientes nacionales e internacionales


Bioessence al ser una empresa nueva y pequeña, para hacer más conocido su producto bandera: "Amazon Jewel"  necesitaría unirse a un supermercado, ya que este le facilitaría la distribución del producto.


“Llegar a varias ciudades del país requiere de un sistema de distribución que no manejan muchas pymes, en cambio, con el contacto de un supermercado se puede ingresar a 50 puntos” * 
Y nosotros aseguramos que nuestro producto se ajusta a los estrictos requisitos de calidad y suministros que toda cadena de supermercados requiere para aceptar un nuevo producto en sus estantes y/o vitrales. De la misma manera, nos enfocamos en contemplar las necesidades, gustos  y exigencias de los clientes. 

Para realizar esto, se ha decidido contactar a una empresa dedicada a la asesoría para ventas a Grandes Supermercados en Perú y del Extranjero.


Quisimos entrar al mercado extranjero a través de Walmart, empresa multinacional de origen estadounidense, considerado  el mayor minorista del mundo. Sin embargo, para esto se necesita cumplir ciertos requisitos:

  • Para ser proveedor de Walmart, Bioessence debe estar formalmente inscrita (como personal natural o jurídica) y tener un producto innovador con empaque para autoservicios que cumpla con la normativa de etiquetado, código de barras, y registro sanitario.
  • Si desea aplicar a ser proveedor a través del programa "Una Mano para Crecer" debe ser fabricante, tener menos de 100 empleados, no pertenecer a un grupo de interés económico, y registrar ventas anuales menores al millón de dólares.


En cuanto, a cadenas de supermercados en el Perú, decidimos considerar como clientes tanto a Metro como Wong, empresas que han ganado mucho prestigio a lo largo de estos años.


Referencia:

http://nuevaspymes.blogspot.com/2010/04/como-venderle-los-supermercados-wong.html 


6. Requisitos para la exportación de "Amazon jewel" a un país de la Unión Europea


I. Declaración Cuantitativa de Ingredientes-QUID
         El ingrediente o la categoría de ingredientes que aparecen en el nombre  con el cual se vende el producto comestible.

II. Requisitos de idioma
      Como regla general, el etiquetado tiene que estar en un idioma fácilmente comprensible para los consumidores, en otras palabras, en los idiomas oficiales de los países integrantes de la CEE.

III. Declaraciones de propiedades nutritivas, sanitarias y medicinales.
           La Regulación 1924/2006 pueso en marcha desde el 1 de julio de 2007 el uso de las declaraciones de propiedades nutritivas, tales como:
  •           “Bajo en grasas” o “alto contenido de vitamina C” 


Y las declaraciones medicinales como:
  •            “Ayuda a disminuir el colesterol”.

 La regulación se aplica a cualquier alimento o bebida producida para el consumo humano que se encuentre en el mercado de Comunidad Europea. Solo los alimentos que se adecúen a ciertos perfiles de nutrición (bajos niveles en ciertas sales/azúcares o grasas) estarán autorizados para realizar las declaraciones.

IV. Etiquetado de productos específicos.
        Ejemplo: Bebida emoliente a base de Aguaymanto

V.   Requisitos específicos para el etiquetado de alimentos nutritivos. 
        El etiquetado nutricional no es obligatorio en la Unión Europea, a menos que una declaración de propiedades nutricionales se encuentre en la etiqueta o en los mensajes publicitarios. 

VI.   Las sustancias agregadas.
      Todos los aditivos que no se encuentren incluídos en la lista están prohibidos de uso, con una excepción de dos años para aquellos aditivos nuevos de alimentos que reciben una autorización temporal por parte de los países miembros.

El Parlamento Europeo y la Directiva 94/35/EC del Consejo, brinda la lista acerca de los edulcorantes a ser utilizados en productos comestibles. El anexo de esta directiva especifica las dosis máximas de uso.






Referencia:

PROMPERU. Requisitos sanitarios: Guía de exportación de alimentos a la UE.




7. Certificaciones del producto bandera para su exportación a distintos países


I. GENERALIDADES


A.     Procedimiento (documentos a presentar)

“CERTIFICADO SANITARIO OFICIAL DE EXPORTACIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS DE CONSUMO HUMANO"  

1) Solicitud dirigida al Director General de la DIGESA, con carácter de Declaración Jurada, Nº R.U.C, firmada por el Representante Legal.
2) Informe de análisis físicos, químicos y microbiológicos del producto a exportar emitido por un laboratorio acreditado.
3)  Información sobre el estado de la habilitación sanitaria del establecimiento durante el procesamiento del lote a exportar.
4)   Especificaciones solicitadas por el exportador.
5)   Pago por derecho de trámite.

B.     Requisitos  para exportación del producto bandera

1) Factura Comercial: Emitida por el exportador. Acredita la venta efectuada.
2) Documento de Transporte: depende del medio de transporte empleado (Aéreo, terrestre o marítimo). Se declara el lugar de salida y llegada de la mercancía, el nombre del destinatario, los gastos y el monto total a pagar.                             
3) Póliza de seguro: Depende del acuerdo entre exportador e importador.
4) Certificado de origen: Emitido por la autoridad pública o privada competente a la solicitud del exportador; por ejemplo, La Cámara de Comercio de Lima.
5) Certificado de sanidad: Está a cargo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA). Informe de Inspección del establecimiento y de análisis físico, químico y microbiológico del producto a exportar emitido por un laboratorio acreditado.
6) Lista de empaque: Emitida por el exportador. Lista de datos con información del producto (número, descripción, peso neto unitario y total). Esto facilitara su rápida ubicación.
7) Declaración única de aduana (DUA): en este documento se consigna información contenida en los demás documentos comerciales.
8) Declaración simplificada: Documento de la aduana. Monto a pagar US$ 2000.

II.          REQUISITOS DE ALGUNOS PAÍSES
 A.     JAPÓN
1.      Certificación “JAS” (Japanise Agricultural Standards)
Todos los alimentos, bebidas no alcohólicas y productos forestales provenientes de territorios extranjeros deben contar con una certificación JAS para poder ingresar a territorio japonés. Esta certificación, que garantiza el cumplimiento de los estándares de calidad y de procesos de producción japoneses, ha sido creada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Ciencias Forestales de ese país, el mismo que norma su cumplimiento.

2.      Reciclaje “LAS 3 R”
Una mención aparte merece el tema del reciclado, sumamente arraigado en Japón y normado por la Asociación Japonesa de Reciclaje de Envases y Embalajes , que está bajo la jurisdicción del Ministerio de Economía, Comercio e Industria (METI).



B.     ESTADOS UNIDOS
1.      Certificado “USAD ORGANIC”
Con la finalidad de proteger al consumidor, es obligatorio que todo exportador que declare su producto como orgánico esté en la capacidad de poder demostrarlo, mediante un certificado que emita un organismo certificador acreditado ante el United States Department of Agriculture (USDA), según las normas orgánicas nacionales de EE.UU., conocidas como NOS. Los productos certificados exhiben el sello USDA ORGANIC.




2.      Alimentos envasados de baja acidez y acidificados (LACF/AF)
La FDA requiere que todas las empresas que elaboran alimentos envasados de baja acidez (LACF) procesados por calor y alimentos acidificados (AF), registren tanto al establecimiento como los métodos de procesamiento del alimento previo al embarque de cualquier producto.



3.   Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP)
El Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) es un sistema con fundamento científico que permite identificar peligros específicos y medidas para su control en los alimentos con el fin de garantizar su inocuidad. Es un instrumento para evaluar los peligros y establecer sistemas de control que se centran en la prevención e n lugar de basarse únicamente en el ensayo del producto final. Todo sistema HACCP es susceptible de cambios que se pueden derivar de los avances en el diseño del equipo, los procedimientos de elaboración o el sector tecnológico.









PELIGROS EN EL PRODUCTO BANDERA










Referencias:

http://www.higienealimentaria.com/jornada%20san%20miguel/Ponencia%20Jornada_Mahou%20San%20Miguel.pdf

http://www.consumer.es/seguridad-alimentaria/sociedad-y-consumo/2011/01/31/198597.php

http://www.latindex.ucr.ac.cr/rbt009-02.php